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SERVICIOS LEGALES EMPRESARIALES

Empresa especialista en Canales de Denuncias: cumplimiento legal y cultura ética

Una empresa especialista en Canales de Denuncias diseña, implanta y gestiona el sistema interno de información que exige la Ley 2/2023. Grupo Albatros lo hace con equipo jurídico propio: canal operativo, confidencial y con la trazabilidad que pide la norma vigente, en cualquier parte de España.

Canal de Denuncias 1

Cumple con la Ley 2/2023 y protege lo que más importa: tu empresa y las personas

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Qué es un canal de denuncias y qué obligación lo impone

El canal de denuncias es el sistema interno por el que una persona comunica una irregularidad detectada dentro de su organización, con garantías de confidencialidad para quien la reporta. La Ley 2/2023 y la Directiva europea 2019/1937 fijan su contenido mínimo y  su procedimiento de gestión, y no es un buzón de sugerencias ni un canal de atención al cliente: recoge fraudes, corrupción, acoso laboral o incumplimientos normativos con un procedimiento formal detrás.

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Empresa especialista en Canales de Denuncias: cuándo tu organización está obligada a tenerlo

Superar los 50 trabajadores activa por sí solo la obligación de tener canal de denuncias, igual que tener ya un plan de igualdad, aplicar un sistema de compliance o pertenecer a un sector considerado sensible. Incumplirla puede costar hasta 1.000.000 de euros a la persona jurídica según la Ley 2/2023, y la obligación alcanza también a administraciones, universidades y otros organismos autónomos del sector público.

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Qué tipo de irregularidades se comunican por el canal ético

El canal admite comunicaciones sobre fraudes internos, corrupción, conflictos de interés, acoso laboral o sexual, incumplimientos normativos y delitos de tipo financiero o medioambiental, y la persona que denuncia puede optar por identificarse o mantener el anonimato, según el modelo que la empresa haya implantado. No sustituye a otros procedimientos internos, como el protocolo de acoso, sino que se coordina con ellos cuando una misma comunicación afecta a varias áreas de cumplimiento.

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Cómo implantamos el canal de denuncias en tu empresa

Diseño del canal y del procedimiento interno

Definimos el canal de recepción, el circuito de tramitación y los plazos de respuesta a cada comunicación, con los roles de quien recibe, investiga y resuelve cada expediente claramente separados entre sí. El procedimiento queda por escrito, listo para presentarse ante cualquier auditoría o requerimiento posterior de la Inspección de Trabajo o de un juzgado.

Puesta en marcha y difusión entre la plantilla

Una vez diseñado, activamos el canal y lo comunicamos a toda la plantilla de la organización, para que cualquier persona sepa cómo y cuándo utilizarlo. Sin esta fase de difusión, un canal técnicamente correcto puede quedar sin denuncias reales durante meses, lo que suele levantar sospechas cuando llega una inspección o una auditoría externa a la empresa.

Gestión de las comunicaciones recibidas

Cada denuncia entra en un expediente con trazabilidad completa, desde su recepción hasta su cierre. Como empresa especialista en Canales de Denuncias, nuestro equipo jurídico gestiona la investigación con la confidencialidad que exige la norma, sin que la identidad del denunciante quede expuesta durante el proceso ni después de su resolución final ante la empresa.

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Qué garantiza la confidencialidad del denunciante

La confidencialidad se garantiza limitando el acceso al expediente a las personas estrictamente encargadas de tramitarlo, y protegiendo los datos de quien denuncia frente a represalias dentro de la organización. La Ley 2/2023 prohíbe expresamente cualquier represalia contra quien comunica de buena fe una irregularidad, incluidas medidas de presión, cambios de puesto o despido derivados de la denuncia, y el procedimiento escrito debe recoger este principio de forma explícita.

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Por qué gestionarlo con un equipo jurídico propio y no dejarlo en manos de la empresa

Nuestro equipo jurídico propio se encarga de la parte técnica del canal, desde el diseño hasta la resolución de cada expediente, sin intermediar con despachos externos adicionales, lo que evita que la gestión dependa de la disponibilidad de un responsable interno que, además, puede ser objeto de una denuncia. La independencia en la gestión también protege a la propia empresa frente a dudas sobre la imparcialidad del proceso ante una inspección o un procedimiento judicial posterior.

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Preguntas frecuentes

¿Qué empresas necesitan contratar a una empresa especialista en Canales de Denuncias?

Las de más de 50 trabajadores, las que tienen plan de igualdad, las que aplican compliance y las
de sectores sensibles, según la Ley 2/2023. También las entidades públicas y las pymes que
quieran reforzar su cumplimiento de forma voluntaria, aunque no estén obligadas por su tamaño.

¿Qué sanción hay por no tener canal de denuncias?

La Ley 2/2023 prevé sanciones de hasta 1.000.000 euros para la persona jurídica que no lo implante estando obligada. La cuantía final depende de la gravedad y de la reincidencia de la infracción detectada por la autoridad competente, y también del tamaño de la organización.

¿Cuánto tarda en estar operativo el canal de denuncias?

Depende del tamaño de la organización y de si ya existe un procedimiento interno previo. El diseño y la puesta en marcha se hacen por fases: definición del circuito, activación técnica y difusión entre la plantilla, antes de recibir la primera comunicación real de la organización.

¿El denunciante puede permanecer en el anonimato?

Sí, el sistema permite optar por el anonimato o por identificarse ante quien gestiona el canal. En ambos casos, la identidad y el contenido de la comunicación quedan protegidos frente a terceros ajenos a la investigación, durante yd espués del proceso, sin excepciones ni salvedades.

¿Qué diferencia hay entre canal de denuncias y compliance penal?

El canal de denuncias es el sistema de comunicación de irregularidades. El compliance penal es el modelo de prevención de delitos corporativos, más amplio, del que el canal suele formar parte como una de sus piezas obligatorias dentro del sistema general de cumplimiento normativo de la
empresa.

Plan de formación personalizado

Implanta tu canal de denuncias con equipo jurídico propio

Revisamos si tu empresa está obligada a tenerlo y diseñamos el canal con el procedimiento que exige la Ley 2/2023.

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